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Calculadora de indemnización por despido 2026

Calcula a cuánto asciende tu indemnización según el tipo de despido y tu antigüedad, con las reglas del Estatuto de los Trabajadores y el cálculo por tramos para contratos anteriores a 2012.

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€/mes

Es el total antes de deducciones (IRPF y Seguridad Social) que aparece en tu nómina o en tu contrato, con la prorrata de las pagas extra. Es el salario que usa el Estatuto de los Trabajadores para la indemnización. ¿Solo sabes tu neto? Mira la equivalencia en nuestra calculadora de salario.

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ⓘ Resultado orientativo basado en el Estatuto de los Trabajadores (RDLeg 2/2015). No contempla mejoras por convenio, salarios de tramitación, despido nulo ni indemnizaciones de contratos temporales. No sustituye asesoramiento laboral profesional.

No olvides tu finiquito

Además de la indemnización, al salir de la empresa te corresponde el finiquito: salario pendiente, pagas extra prorrateadas y vacaciones no disfrutadas. Son conceptos distintos y se cobran aparte.

Calcular finiquito →

Esta calculadora estima la indemnización por despido que te corresponde en España según el tipo de despido (improcedente, objetivo o disciplinario) y tu antigüedad, aplicando las reglas del Estatuto de los Trabajadores. Incluye el cálculo por tramos de los contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012, que es justo donde fallan muchas calculadoras genéricas. Es gratuita y no guarda ningún dato.

Cómo se calcula la indemnización por despido

La indemnización es el resultado de multiplicar tu salario diario por un número de días que depende del tipo de despido y de tu antigüedad. Estos son los pasos, según el Estatuto de los Trabajadores:

  1. 1. Salario diario regulador. Se parte del salario bruto anual (con la prorrata de las pagas extra incluida) y se divide entre 365: ese es el salario por día que se usa en el cálculo.
  2. 2. Días por año según el tipo. Despido improcedente: 33 días por año. Despido objetivo: 20 días por año. Despido disciplinario procedente: sin indemnización.
  3. 3. Antigüedad. Se cuenta el tiempo trabajado en años y meses; los periodos inferiores al año se prorratean por meses (un mes incompleto cuenta como mes completo, según el criterio del Tribunal Supremo).
  4. 4. Topes. La indemnización del improcedente no puede superar 24 mensualidades (720 días de salario); la del objetivo, 12 mensualidades (360 días).
  5. 5. Régimen transitorio (contratos anteriores al 12/02/2012). Solo para despido improcedente: el tiempo previo a esa fecha se paga a 45 días por año y el posterior a 33; se suman. El tope sube a lo que resulte del tramo anterior a 2012 si este ya supera 720 días, con un máximo absoluto de 42 mensualidades (1.260 días).
  6. 6. Importe. Finalmente: Indemnización = salario diario × días.

Ejemplo real (contrato anterior a 2012)

Despido improcedente · 2.500 €/mes ×14 · alta 2000 → despido 2026

Salario diario (35.000 € ÷ 365)95,89 €
Tramo hasta 12/02/2012 (45 d/año)547,5 días
Tramo desde 12/02/2012 (33 d/año)459,25 días
Días de indemnización (suma)1.006,75 días
Tope legal aplicado720 días
Indemnización69.041,10 €

Sin el cálculo por tramos, una calculadora genérica daría una cifra muy inferior. Aquí el tramo anterior a 2012 (a 45 días/año) es lo que eleva la indemnización hasta el tope de 720 días.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de indemnización corresponden según el tipo de despido?

Depende del tipo. En el despido improcedente son 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. En el despido objetivo (causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o ineptitud) son 20 días por año, con un tope de 12 mensualidades. El despido disciplinario procedente, por incumplimiento grave del trabajador, no genera indemnización. En todos los casos, los periodos inferiores al año se prorratean por meses.

¿Cómo se calcula la indemnización de contratos anteriores a febrero de 2012?

Es el caso especial que más dudas genera (disposición transitoria 11ª del Estatuto). Si firmaste tu contrato antes del 12 de febrero de 2012 y el despido es improcedente, la antigüedad se parte en dos tramos: el tiempo trabajado antes de esa fecha se paga a 45 días por año y el posterior, a 33 días por año; luego se suman. El tope general es de 720 días de salario, salvo que solo con el tramo anterior a 2012 ya superes esos 720 días: en ese caso, ese importe se mantiene como tope, con un máximo absoluto de 42 mensualidades (1.260 días). Los contratos firmados a partir del 12 de febrero de 2012 aplican siempre 33 días por año.

¿Qué salario se usa para calcular la indemnización?

El salario bruto, no el neto, incluyendo la prorrata de las pagas extraordinarias y los complementos salariales consolidados. A partir de él se obtiene el salario diario regulador dividiendo el bruto anual entre 365, y ese salario diario se multiplica por los días de indemnización que correspondan. Se toma el salario vigente en el momento del despido.

¿La indemnización por despido tributa en el IRPF?

La indemnización por despido improcedente está exenta de IRPF hasta el límite obligatorio que marca el Estatuto de los Trabajadores (los 33 días por año con sus topes), con un tope absoluto de exención de 180.000 €. La parte que supere ese límite sí tributa como rendimiento del trabajo. La indemnización del despido objetivo está exenta en la cuantía que no supere la que correspondería por despido improcedente. (Art. 7.e de la Ley del IRPF.)

¿Qué diferencia hay entre despido improcedente, objetivo y disciplinario?

El despido objetivo se basa en causas justificadas (económicas, técnicas, organizativas, de producción o ineptitud) y, si es procedente, da derecho a 20 días por año. El despido disciplinario sanciona un incumplimiento grave y culpable del trabajador y, si es procedente, no genera indemnización. Cuando un despido —objetivo o disciplinario— se declara improcedente, porque no se acredita la causa o hay defectos de forma, la indemnización sube a 33 días por año (o al cálculo por tramos si el contrato es anterior a 2012).

¿Cuál es la indemnización máxima por despido?

En el despido improcedente general el tope es de 24 mensualidades de salario (720 días). En el objetivo, de 12 mensualidades (360 días). Solo los contratos anteriores al 12 de febrero de 2012 pueden superar las 24 mensualidades, por el régimen transitorio, hasta un máximo absoluto de 42 mensualidades (1.260 días).

¿Tengo derecho al paro además de la indemnización?

Sí, son compatibles: cobrar la indemnización por despido no reduce ni consume la prestación por desempleo. Para tener derecho al paro contributivo necesitas haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años y encontrarte en situación legal de desempleo involuntario (el despido lo es). La indemnización y la prestación del SEPE son conceptos independientes.